Un accidente laboral se percibe como cualquier lesión sustancial que el trabajador experimenta en el evento de o como resultado del trabajo que él / ella procede como representante y, todo lo más ampliamente, los daños relacionados con el negocio se perciben como enfermedades, patologías o heridas experimentadas en el evento de o debido al trabajo.
Para que se considere un accidente laboral, debe suceder:
1. La presencia de un problema físico importante. El problema incluye cualquier daño o lesión en el cuerpo originada por una herida, golpe o enfermedad. Las derivaciones o enfermedades mentales o psíquicas se absorben a la lesión sustancial.
2. El estado del individuo perjudicado como representante (para el trabajador independiente).
3. La conexión causal entre el trabajo y la lesión. La lesión no comprende un percance laboral en el caso de que no se experimente en el evento o como resultado del trabajo realizado como representante.
4. La regulación del caso añade una cuarta necesidad al descifrar que la palabra percance relacionado requiere una doble relación causal: desde un punto de vista, la conexión entre el trabajo y la lesión, y de nuevo, entre la lesión y la circunstancia invalidante o salvaguardada.
¿Qué percances se consideran laborales o relacionados con la empresa?
- el sufrido en el lugar y durante la hora de trabajo.
- el fallecimiento de un obrero en incapacidad permanente a causa de una posibilidad relacionada con el trabajo.
- los percances que ocurren en el camino hacia o desde el trabajo (in itinere).
- percances en la misión.
- percances ocurridos en el evento o como resultado de diligencias realizadas en los sets de la empresa o a la luz de una preocupación legítima de la organización.
- dolencias normales contraídas en el trabajo.
- enfermedades ociosas pasadas que se manifiestan o exasperan por el percance laboral.
- enfermedades intercurrentes, por ejemplo, las subsiguientes a ciclos neuróticos a causa de percances en el trabajo.
- casos diferentes, por ejemplo, los sufridos por los cargos sindicales, los trabajadores en las actividades de salvamento, los que se producen durante la exposición de las administraciones individuales necesarias o los de los presidentes o los vocales.
¿Cómo debo proceder para realizar un reclamo?
Póngase en contacto con un asesor jurídico experto en accidentes laborales que le ayudará y le dará la mejor orientación y respuesta para su caso.
Dependiendo de las circunstancias, se procederá a elegir la vía penal, la vía civil o la vía laboral.
Por lo tanto, hable con un asesor jurídico especializado en percances laborales.
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